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La normativa establece que el horario para hacer obras en casa es de lunes a viernes de 8:00 a y puedes hacer ruido en casa hasta las 21:00 horas, en días laborables. Y para el uso de maquinaria es permitido de 8:00 a 20:00 horas. Puedes llegar hasta un límite de 35 decibelios en el horario diurno, y 30 en el nocturno.
La exposición de los trabajadores a un ruido estable y/o variable, debe ser controlada por el empleador de manera tal que, en una jornada de ocho (8) horas de trabajo, el nivel de ruido ambiente continuo no debe superar los 85 decibeles, medidos en la posición del oído del trabajador a través de la utilización de un
ZONA | HORARIO | L MITE MÁXIMO PERMISIBLE dB (A) |
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Residencial1 (exteriores) | 6:00 a 22:00 22:00 a 6:00 | 55 50 |
Industriales y comerciales | 6:00 a 22:00 22:00 a 6:00 | 68 65 |
Escuelas (áreas exteriores de juego) | Durante el juego | 55 |
Ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento. | 4 horas | 100 |
En tanto, la ley 1540 regula la contaminación acústica, algo que puede ser un dato útil a la hora de denunciar. En ese texto se señala que las áreas de uso residencial “no pueden superar los 65 decibeles ” en tanto que las áreas cercanas a hospitales y colegios “requieren una especial protección”.
INTENSIDAD DE SONIDO DE DIFERENTES FUENTES
FUENTES DE SONIDO | DECIBELES |
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Tráfico ligero, conversación normal | 50 |
Oficina grande en horario de trabajo | 60 |
Conversación en voz muy alta, gritería, tráfico intenso de ciudad | 70 |
Timbre, camión pesado moviéndose | 80 |
En general, los municipios permiten hacer ruido de lunes a viernes, de 8:00 a 21:00 o 22:00 horas. Durante este tiempo, se puede poner música, hacer fiestas en casa, llevar a cabo una mudanza o hacer obras, siempre que no se sobrepase el máximo de decibelios, de los que hablamos más adelante.
Que el artículo 19 de la Resolución 8321 de 1983, dispone que los niveles sonoros para el interior de habitaciones se registrarán dentro de la casa de habitación más cercana a la fuente de ruido , a 1.2 metros sobre el nivel del piso y aproximadamente a 1.5 metros de las paredes de la vivienda.
En caso de que eso ocurra, comunicate con el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad al 0800–333-47225 (0800-FISCAL), o enviá tu denuncia por mail a denuncias @fiscalias.gob.ar. Las obras tienen un horario habilitado para trabajar (de 7 a 22 hs) y el ruido está asociado a esa actividad.
Niveles de ruido : Muy bajo: 10 y 30 dB (bibliotecas). Bajo: entre 30 y 55 dB. Un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), considera los 50 dB como el límite superior deseable. Ruidoso: a partir de 65 dB, el nivel se considera ruidoso.
El ruido típico de una amoladora angular (110 dB) nos puede recordar al de un concierto de rock en vivo, y además puede tener consecuencias negativas a la hora de llevar a cabo proyectos de edificación y construcción, especialmente en zonas sensibles al ruido.
· m: es el número de días a la semana en que el trabajador está expuesto al ruido . El ruido estable es aquel cuyo nivel de presión acústica ponderado A permanece esencialmente constante. Introducción.
Valor límite de exposición | LAeq,d = 87 dB(A) |
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Valor superior de exposición que da lugar a acción | LAeq,d = 85 dB(A) |
La Organización Mundial de la Salud establece que el nivel de ruido en la oficina no debe sobrepasar 65 decibelios el nivel máximo de ruido recomendado. Cualquier exposición prolongada del ser humano por encima de estos niveles puede provocar pérdidas auditivas.
En la mayoría de ellas, se prohíbe hacer ruido desde las 21:00 horas, como es el caso de Madrid y Barcelona, o a partir de las 22:00 horas. La prohibición termina, en la mayoría de municipios, a las 08:00 horas de la mañana , en los días laborables de lunes a viernes.
¿ Qué hacer si tiene vecinos ruidosos? Hable con su vecino . Con base en su propio nivel confortable de ruido, los vecinos con frecuencia no se dan cuenta de tener actividades molestas. Obtenga una copia de la ordenanza local de la ciudad o condado. Advierta a su vecino por escrito. Llame a la policía. Demanda por ruidos molestos.
El organismo encargado de fiscalizar la emisión de ruidos molestos es la Superintendencia del Medio Ambiente, la cual debe controlar el cumplimiento de las disposiciones. La Superintendencia deberá informar anualmente al Ministerio del Medio Ambiente sobre el cumplimiento de las disposiciones.