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Ley de seguros Nº 17.418 Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
Según el artículo 1º de la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS), es la relación jurídica en virtud de la cual la empresa aseguradora, contra el pago de una prima, se obliga a relevar al asegurado en los términos convenidos de las consecuencias de un evento dañoso o incierto; todo ello con el fin de que la aseguradora
– El seguro es un contrato mediante el cual una de las partes, el asegurador, se obliga, a cambio del pago de una prima, a indemnizar a la otra parte, dentro de los limites convenidos, de una pérdida o un daño producido por un acontecimiento incierto; o a pagar un capital o una renta, si ocurre la eventualidad prevista
Por eso, según el artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro , el plazo de prescripción para reclamar un seguro de vida asciende a 5 años desde el siniestro, siempre y cuando no exista dolo o mala fe.
Ley 17418 del 30/8/67. Buenos Aires, 30 de agosto de 1967. Artículo 1. Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
¿ Qué hacer si el seguro no paga u ofrece menos ? El asegurado debe recurrir a una carta documento o mediación civil. En general, el monto al cual se llega a través de un acuerdo es menor al de un juicio pero la ventaja es que se cobra más rápido.
Cuidado con los plazos para reclamar al seguro Las acciones que se deriven del contrato de seguro , según establece el artículo 23 de la Ley del Contrato de Seguro , prescriben a los 2 años cuando se trata de un seguro de daños y de 5 años cuando el seguro sea de personas.
Fuentes: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
El contrato de seguro presenta las siguientes características : Consensual: el contrato se perfecciona mediante el consentimiento entre las partes. Bilateral: el tomador tiene la obligación de pagar la prima y el asegurador responderá por la suma asegurada en el momento en que ocurra el siniestro.
Subrogado por la Ley 389 de 1997 Art. El contrato de seguro se probará por escrito o por confesión.
Responsabilidad Profesional del Productor-Asesor de Seguros (PAS) Asesorar dentro de un contrato de seguros es dar información veraz sobre el alcance de aquello que pretende contratar en un primer momento y luego en una segunda etapa brindar ayuda y contención en caso de siniestro.
El asegurado , sea o no el tomador del seguro, tiene las siguientes obligaciones : – Comunicar el siniestro al asegurador en el plazo previsto en la Ley: Salvo que en la póliza se diga otra cosa, el asegurado debe comunicar en un plazo de siete días desde el conocimiento del siniestro el mismo a la aseguradora .
Cuándo podemos solicitar la devolución de la prima del Seguro . En el seguro de vida , si su duración es superior a seis meses, el tomador puede rescindir el contrato dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha en la que la compañía de seguros le entrega la póliza.
Se paga un 25% de la suma correspondiente a fallecimiento pero la póliza no se anula. En caso que ocurra el fallecimiento se pagará el 100% de la suma asegurada.
Cómo saber si eres beneficiario de un seguro de vida Descarga, llena y firma la solicitud SIAB- VIDA . Además de la solicitud, tienes que llevar copia de una identificación oficial con fotografía (vigente). Copia del acta de defunción de la persona que falleció. Con esos documentos, acude a una de las subdelegaciones de la Condusef.