Tribunal, leyes, asistencia jurídica, abogados
La Plusvalía , es el incremento del valor del suelo, sin modificar sus características, por acción de agentes económicos o circunstancias ajenas al respectivo propietario. Más sencillamente, la ganancia no generada por el esfuerzo del dueño del terreno.
Por definición la plusvalía es el incremento de valor de una cosa, por lo general, un bien inmueble. Con el paso de los años, los bienes tienden a incrementar su valor. La diferencia positiva entre el precio de compra y el de venta de un inmueble, es la plusvalía venta vivienda .
Podemos definir una plusvalía como el beneficio obtenido como resultado de una diferencia positiva entre el precio al que se compró un bien y el precio de su venta en una operación o transacción económica.
La plusvalía municipal se calcula en base al valor del suelo, no de la vivienda. Se trata de la diferencia entre el valor catastral del suelo del momento en que compraste la vivienda con el valor catastral del momento en que la vendiste.
El plusvalor (también traducido como supervalía o plusvalía ) es la expresión monetaria del valor que el trabajador asalariado crea por encima del valor de su fuerza de trabajo. Esto es , la expresión monetaria del plustrabajo.
Es la ley 546 de 1999 conocida también como LEY DE VIVIENDA . En ella se dicta el marco legal para la adquisición de vivienda que opera hasta hoy. Algunos de los principales aspectos que regula esta ley son: Las modalidades de amortización que ahora son en PESOS o UVR.
A partir de este fallo, la plusvalía solo se debe pagar cuando realmente se obtiene una ganancia, lo que significa que el precio de venta de la vivienda es superior al de compra. Ahora está en tramitación parlamentaria un proyecto de ley que plantea cambios en la regulación de la plusvalía .
Ejemplo práctico para calcular el impuesto de plusvalía (Incremento de valor x años de posesión)/100 = revalorización. (3,5 x 10)/100 = 0,35. Revalorización x valor catastral = base imponible. 0,35 x 100.000€ = 35.000€
Este tributo se debe abonar en un plazo de 30 días hábiles desde que se vende la vivienda (hay seis meses de plazo en caso de herencia) y hay que acudir al ayuntamiento de la localidad en que esté situada la casa vendida. ¿Cómo pagar menos plusvalía al vender la casa?
Este valor se obtiene multiplicando el precio del bien por la tasa pasiva que actualmente es de 7,52% y por los años que ha sido propiedad del vendedor. A la ganancia extraordinaria se le restan 24 salarios básicos y se aplica el 75%.
Según su importe, la Agencia Tributaria nos cobrará un montante que va desde el 19 al 23%, y está regulado de la siguiente forma: Para ganancias de 0 a 6.000 euros pagaremos el 19%. Entre 6.000 y 50.000 euros tributaremos el 21%. A partir de 50.000 euros el porcentaje será del 23%.
El porcentaje de incremento se calcula multiplicando el número de años transcurridos desde la adquisición, por el difunto o causante, del inmueble hasta la herencia , POR un coeficiente que establece cada Ayuntamiento, que no puede exceder del 30%.
Cada ayuntamiento fija un porcentaje anual de incremento del valor catastral hasta un máximo del 3,5% anual. Deberás multiplicar el % de incremento anual por los años en posesión del inmueble y obtendrás el % total de incremento de tu inmueble. Este % total se aplica al valor catastral para saber la base imponible.
El valor catastral sube entre un 15% a 20% cada año , dependiendo del crecimiento que tenga la colonia. Algo que hay que tener muy presente es que no puede ser mayor que el valor en el mercado (es decir, no puede costar más que el precio al que puede ser vendido el inmueble).
El método más adecuado para calcular el valor de un inmueble es el descuento de flujos de caja, que se basa en capitalizar la rentabilidad esperada del inmueble según la rentabilidad requerida. Para ello, deberemos tener en cuenta tanto los ingresos como los gastos futuros que generará el inmueble .