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Se definen como “las cuestiones que siendo distintas de las que constituyan el objeto principal del pleito, guarden con éste relación inmediata, así como las que se susciten respecto de presupuestos y requisitos procesales de influencia en el proceso”.
En 2016 entró en vigor la Ley 39/2015 , la cual obliga a empresas y profesionales a relacionarse con los organismos públicos a través de medios electrónicos, tal y como marca el artículo 14.2 de la Ley : Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Artículo 3. Capacidad de obrar . A los efectos previstos en esta Ley , tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas: a) Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles.
La Ley se estructura en 133 artículos, distribuidos en siete títulos, cinco disposiciones adicionales , cinco disposiciones transitorias , una disposición derogatoria y siete disposiciones finales.
Las cuestiones incidentales son las que siendo diferentes de las que constituyen el objeto principal del proceso contencioso – administrativo , están directamente relacionadas con él y que requieren de una decisión específica, diferente y especial o previa a esa cuestión principal.
Cuestiones accesorias que se susciten en el curso de un incidente. Cualquier cuestión accesoria que se suscite en el trámite de un incidente se resolverá dentro del mismo, para lo cual el juez podrá ordenar la práctica de pruebas. NULIDADES PROCESALES.
El próximo dos de octubre, exactamente dentro de un mes, entrarán en vigor las Leyes 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2005, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público .
La presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público
La Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dedica su disposición final séptima a la entrada en vigor , que se produjo al año de su publicación en el BOE; es decir, el 2 de octubre de 2016.
Se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible , el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento.
Civ. y Proc. Agrupación de personas con patrimonio propio a la que, sin haberse constituido como persona jurídica , la ley procesal civil atribuye capacidad para ser parte.
” A los efectos previstos en esta Ley, tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas: a ) Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles.
La ley cuenta con 133 artículos, estructurados en 6 títulos , 5 disposiciones adicionales, 5 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 7 disposiciones finales.
Cuando la iniciativa normativa afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, se deberán cuantificar y valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
“EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO . TITULO PRIMERO. DEL AMBITO DE APLICACION Y PRINCIPIOS GENERALES. CAPITULO UNICO.