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Las comisiones inmobiliarias ¿El propietario o el inquilino? La nueva ley determina que si interviene un corredor inmobiliario , “ambas partes le deben comisión”, salvo que se pacte lo contrario.
Costos para el comprador Comisión Inmobiliaria : De 3% a 4% Impuesto a los sellos: 1,8% Escrituración: De 0,6% a 0,8% Escribano: 2% más IVA.
¿Sabían que en provincia de Buenos Aires la comisión inmobiliaria a inquilinos tiene que ser del 2%? El incumplimiento es sistemático. Ley 14085: 6) Del 1% al 2 %, a cargo de cada parte sobre el importe del plazo de contrato, pudiendo asumir una de las partes, la totalidad del pago de los honorarios.
Ley 2340 – Colegio Único de Corredores Inmobiliarios . Artículo 1°. – Objeto. El ejercicio del corretaje inmobiliario o intermediación en la negociación inmobiliaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se rige por las disposiciones de la presente ley .
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.
– ¿ Quién debe pagar la comisión inmobiliaria ? La nueva ley establece que en las locaciones de inmuebles la intermediación solo podrá estar a cargo de un profesional matriculado. Quién deberá pagarle la comisión dependerá de cada jurisdicción, como se viene haciendo hasta ahora.
Una persona que gane más de $ 203 millones (ocho mil UF) por la venta de casas o departamentos durante toda su vida, deberá pagar un impuesto del 10% a partir del 1 de enero de 2017. Este fue uno de los cambios que se introdujo en la Reforma Tributaria, aprobada en 2014.
El dinero de la venta de la casa forma parte de las ganancias y pérdidas patrimoniales y como tal tributa en el IRPF a un tipo progresivo que va desde el 19% hasta el 23% según la ganancia. Estos son los tipos impositivos por ganancias patrimoniales en 2020: Ganancias hasta 6.000 euros – 19%
Cuando una persona obtiene ingresos por la enajenación de un inmueble, es decir su venta, debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este impuesto solo lo pagan las personas físicas y, en muchos casos, es el propio notario ante el que se realiza la compraventa quien lo retiene.
En este punto cabe aclarar que el importe por ” administración ” es del 10% del monto del alquiler (art. 25 inc. e de la misma ley), pero los abona el locador ( se descuentan del importe que paga el inquilino).
Quienes renuevan el contrato de un dos ambientes tienen un depósito de $12.285 y deben abonar $13.874 para actualizarlo. Quienes renuevan un tres ambientes, tienen un depósito de $15.611 y deben abonar $17.629 para actualizarlo. Como vemos, los montos para firmar o renovar un contrato de locación son heterogéneos.
Los requisitos de ingreso incluyen el pago del primer mes de alquiler , un mes de depósito y la comisión que dependerá de la cantidad de meses del contrato, la cual varía desde 10% a 20% del monto total. Estas locaciones, además, no requieren de garantías”.
El Gobierno nacional promulgó la Ley de Alquileres -que fue sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado- mediante el Decreto 580/2020 publicado ayer en el Boletín Oficial. Casi la totalidad de la ley se puede implementar de manera práctica y directa a partir de este miércoles.
Esta ley prevé un plazo mínimo de 3 años para los contratos de alquiler de inmueble cualquier a sea su destino (habitacional o comercial), si las partes establecen un plazo menor a éste se lo considera celebrado por el plazo mínimo legal de 3 años.
El sector inmobiliario en México | Procuraduría Federal del Consumidor | Gobierno | gob.mx.